Interior de una botica Calle Real, Santa Cruz de la Palma (La Palma).
Fotografía N.º 000585. Fotógrafo: Miguel Brito Rodríguez. Colección: José A. Pérez Cruz. Año: 1900-05.
[Fuente: Archivo de fotografía histórica de Canarias, FEDAC].
El
año 1910 fue fecha muy significativa para la historia farmacéutica de
Alcaracejos pues el 10 de septiembre murió don Rafael Gómez Benítez, ex – alcalde y titular de la farmacia que
funcionaba en el pueblo, pero ocurrió que, exactamente, tres meses antes, el 16
de junio[1], don
Rafael, siendo el único candidato, había renovado con el Ayuntamiento su
nombramiento como Farmacéutico Titular. Si prescindimos de todas las
referencias legales, habidas y por haber en aquel documento, que fundamentaron
ese nombramiento, constatamos que: El nuevo contrato se estipuló por tiempo
ilimitado y no podría rescindirse fácilmente, salvo por las causas
puntualizadas en el Art – 36 del Reglamento Orgánico del Cuerpo de
Farmacéuticos Titulares. Los derechos y deberes de ambas partes deberían
ceñirse a las cuatro leyes vigentes que ordenaban los mismos. También, de
acuerdo con la legislación en vigor y el censo de población, el Sr.
Farmacéutico recibiría de las arcas municipales mil trescientas pesetas al año
por la prestación de los servicios sanitarios. El suministro de medicamentos a
las familias pobres y a la Guardia Civil sería valorado por la tarifa de
Beneficencia y las leyes que la regulaban. Las familias pobres se clasificarían
por lo que determinan los Arts 3º y 5º del Reglamento de partidos médicos. El
pago de la titular se haría por mensualidades vencidas y el de las recetas por
trimestres, también vencidos, según determinaban decretos y órdenes al
respecto.
El
procedimiento fue legal pero el contexto de la firma del contrato – por los
datos que la documentación ofrece – merece al menos un comentario: Ex –
alcalde, farmacéutico durante años, bastante enfermo, familia influyente, murió
a los tres meses de una renovación por tiempo ilimitado, etc…. todo esto unido
a las continuas - y en mi opinión excesivas – referencias legales apunta a un
ayuntamiento muy generoso o muy presionado por las circunstancias. Los
contratos anteriores a médico y farmacéutico – titulares – aunque se renovaran,
eran por cuatro años.
Aunque
no hemos encontrado documentos de 1910 que lo acrediten, tenemos la certeza de que
la viuda de don Rafael fue su heredera ya que Francisco, menor de edad, hijo de ambos, tenía 8
años cuando murió su padre. En esa época existía ya la figura del regente[2], según
las Ordenanzas
de 1860 para el ejercicio de la profesión de Farmacia. Es seguro que Dª. Araceli hizo uso de esa posibilidad legal para mantener unos ingresos familiares que procedían de la profesión de su marido..
Según
se desprende de las actas de las sesiones, durante los años 1912 y 1913, a
pesar de la muerte de don Rafael, los servicios sanitarios prestados por su
farmacia local fueron correctos y funcionaron con normalidad tanto en el
suministro de medicinas a las familias pobres como en la atención a los
individuos de la Guardia Civil y a sus familias. Se puede leer que en 1912 se
pagaron por medicinas, en el 2º semestre, 100 pesetas por los pobres locales,
otras 100 pesetas por los pobres transeúntes y 106’25 pesetas por atender a la
Guardia Civil.
Lo
mismo se puede decir de los años 1914 y 1915: el ayuntamiento, regido por
Miguel G. Ayala Cruzado, elabora la relación de familias pobres y guardias
civiles que disfrutarán de medicinas gratis. Incluye la novedad de que las cantidades
correspondientes se le abonan a doña Araceli
Ayala Cruzado, viuda de don Rafael Gómez Benítez, la cual conservó la
farmacia de su esposo con la colaboración de un regente, según se documenta en
el acta de sesiones del municipio del 31 de enero de 1926. La viuda de un farmacéutico tenía derecho a beneficiarse de la farmacia del marido mientras mantuviera su estatus de viuda y en el caso de los hijos hasta la mayoria de edad, siempre por medio de un regente con el título de Farmacia y otras condiciones que estipulaba la ley.
Ni
en el resto del año 1916 ni en todo el 1917 se cita a esa segunda farmacia. Se
vuelve a hacer referencia a la lista de vecinos pobres que recibirán gratis
asistencia médica y medicinas y también a los miembros de la guardia civil y a
sus familias. Al final de 1917, el 30 de diciembre, por orden de la Alcaldía,
se abonan a Dª Araceli Ayala Cruzado 55 pesetas en concepto de “pago de medicamentos facilitados para
desinfección de casas donde se han localizado enfermedades infecciosas”. En
1918 las actas no reflejan ninguna alteración sobre el funcionamiento “farmacéutico” en el pueblo.
En
1919, en enero, se produjo en Alcaracejos una gripe de cierta consideración lo
que obligó al Ayuntamiento a gastar 137 pesetas para combatir la enfermedad. En
el primer trimestre de ese año, el gasto en medicinas para la guardia civil fue
de 52’12 pesetas mientras que para las familias pobres de la localidad se
emplearon 50 pesetas; en septiembre, doña Araceli Ayala Cruzado recibió 100 pesetas
por este concepto.
Aunque, por falta de datos, no podemos asegurarlo con absoluta certeza todo indica que la farmacia de doña
Araceli siguió funcionando con normalidad. En 1924, la citada señora seguía
recibiendo dinero por medicamentos facilitados a familias pobres del pueblo.
Es
en el acta de la sesión municipal del 31 de enero de 1926 donde consta una
instancia dirigida a la Alcaldía por parte de doña Araceli Ayala Cruzado. En
ella comunica haber hecho traspaso de su farmacia al farmacéutico que la
regentaba don Antonio Aragón? [no se lee bien] Madrid
y que por ese motivo no podía continuar suministrando medicinas a las familias
pobres ni atender los servicios sanitarios que lleva aneja la titular, por lo
que hace renuncia de ella. La Corporación acepta y acuerda nombrar farmacéutico
titular interino a don Antonio Aragón? Madrid, autorizando a la Comisión
Municipal Permanente para que encuentre con el mismo la manera de efectuar el
suministro de medicinas, y que inmediatamente se abra concurso para la
provisión del cargo en propiedad.
En
sesión de 30 de marzo de 1926 la Corporación nombra farmacéutico titular a don
Antonio Aragón? Madrid con un haber anual de 634’25 pesetas por residencia y
servicios sanitarios hasta el primero de julio y a partir de esa fecha a razón de 1.300 pesetas/año.
Ya,
en el Cronista
del Valle, del 9 de noviembre, había aparecido la crónica que daba cuenta de
un nuevo farmacéutico en Alcaracejos. Con una redacción bastante altisonante
podemos leer: “Terminó con brillantes
notas su carrera sanitaria, el joven y culto farmacéutico, muy querido amigo
nuestro, don Benigno Ayala Caballero,
quien ha regresado a esta, después de asiduas prácticas en su profesión, para
instalar una bien provista farmacia dotada con los adelantos más modernos. Que
la suerte le sea propicia y corone sus méritos y servicios”[3].
Benigno
era natural de Alcaracejos. Se licenció en Farmacia por la Universidad de
Santiago de Compostela (título expedido en Madrid el 19/08/1929). Fue admitido
en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Córdoba el 11/11/1929[4]. En
Pozoblanco quedó registrado su título por el Subdelegado D. Moisés Moreno el
19/11/1929. Se matriculó y superó el “Cursillo de Análisis” que organizó el Colegio
Oficial de Córdoba en 1930. Por razones que desconocemos, tras ejercer en
Alcaracejos, causó baja en el Colegio de Farmacéuticos el 1/04/1933.
1925, 15 de mayo, Córdoba Gráfica. José de la Linde fue presidente del Colegio de Farmacéuticos de Córdoba. |
[1]
AMAL. Acta de la sesión de la Junta Municipal del 16 de junio de 1910.
[2] Ordenanzas
de Farmacia de 1860: Art.23.
Las viudas e hijos menores de los farmacéuticos con botica abierta que
fallecieren dejando dueño o herederos de la botica a aquellos, podrán seguir
con la botica abierta siempre que esta sea regentada por un farmacéutico
legalmente aprobado y autorizado. Las viudas podrán usar de este derecho
solamente mientras permanezcan en estado de tales, y los hijos durante su menor
edad.
Art. 24. En el caso de que habla el artículo anterior la viuda y los menores dirigirán una instancia al acalde del pueblo, justificando su derecho, acompañando a esta instancia la del farmacéutico que ha de regentar la botica con los documentos expresados en el art. 5.° Este expediente seguirá los mismos trámites marcados en el art. 6.°
[4] El documento de su alta fue firmado por el Presidente
don José de la Linde Torres, siendo Secretario de dicho Colegio don Manuel
Pineda Sánchez.
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